Descubra Qatar durante su viaje
¿Realiza una conexión en Doha con su vuelo de Qatar Airways? Explore las principales atracciones y la cultura de la ciudad o pase un tiempo con sus familiares y amigos y aproveche al máximo su escala.
Ahora puede obtener el nuevo visado de tránsito de forma totalmente gratuita al añadir una escala o conexión breve de entre cinco y 96 horas en Doha a su itinerario sin coste adicional alguno.
Los naturales de un total de 80 países pueden ahora aprovechar la entrada a Qatar sin visado. Si usted es de uno de esos países, ya no es necesario un visado de tránsito pre-aprobado. Para más información, haga click aquí.
Documentación requerida
Antes de realizar la solicitud, asegúrese de que cuenta con los siguientes documentos obligatorios.
- Una copia legible del pasaporte de cada pasajero (incluidos bebés). El pasaporte debe tener una vigencia mínima de seis meses en el momento de la entrada en Qatar.
- Los billetes confirmados del vuelo a Qatar y de los vuelos posteriores deben corresponder exclusivamente a vuelos operados por Qatar Airways. Los pasajeros que viajen en vuelos de código compartido no podrán obtener este visado.
Una vez se haya realizado la solicitud del visado de forma satisfactoria, podrá comprobar el estado de la solicitud utilizando el número asignado o enviándonos un mensaje de correo electrónico a Qatartransitvisa@qatarairways.com.qa
Asegúrese de que la información incluida en su notificación de aprobación del visado concuerde con los datos de su pasaporte. En caso de discrepancia, deberá comunicarse con nosotros o visitar la oficina más cercana de Qatar Airways.
Asegúrese de imprimir una copia del visado aprobado y llevarla consigo en su viaje, ya que deberá presentarla antes de la facturación y a su llegada a Qatar.
- La entrada en Qatar dependerá totalmente de las autoridades de inmigración. Qatar Airways no será responsable de las decisiones adoptadas por las autoridades de inmigración. Las oficinas de Qatar Airways solo intervienen como agentes en la gestión de las solicitudes de visado y, por lo tanto, no serán responsables de los gastos en que pudiera incurrirse en caso de demora en la expedición de los visados o de denegación por parte del Ministerio del Interior del Estado de Qatar.
- Aquellos pasajeros con billetes de vuelta y con origen en cualquiera de los siguientes países: Irán, Iraq, Jordania, Kuwait, Líbano, Omán, Sudán del Sur y Sudán solo tendrán derecho a una única escala en el vuelo de ida. No se permitirán escalas en los viajes solo de ida que partan de estos países.
- Aquellos pasajeros cuyos vuelos de salida partan de cualquier otro país podrán realizar la escala en los vuelos de ida o de vuelta. El visado de tránsito podrá aprovecharse únicamente en una dirección para todo el viaje.
- El visado de tránsito preaprobado es un visado de una única entrada, con una validez máxima de 96 horas.
- La entrada a Qatar con el visado autorizado deberá efectuarse en 30 días a partir de su fecha de expedición. No está permitido ampliar su validez, sino que deberá realizarse una nueva solicitud de visado.
- Este servicio no será aplicable en caso de que Qatar sea el destino final, por ejemplo: Bombay-Doha-Bombay.
- Todos los demás gastos en que se incurra en Qatar, incluidos los de alojamiento, correrán por cuenta del pasajero.
- En caso de denegación del visado a la llegada a Qatar, intentaremos acomodarle en el primer vuelo disponible a su destino siguiente o podrá optar por regresar a su punto de partida o a cualquier otro destino a su propia costa. La parte no utilizada del billete le será reembolsada en la oficina de expedición original.
- Además, serán aplicables los términos y condiciones de reserva y emisión de billetes.
Obsérvese que algunas nacionalidades tienen derecho a su llegada a un visado turístico para visitar Qatar. Haga clic aquí para obtener más información.
¿Necesita más información? Consulte las preguntas frecuentes del visado de tránsito para Qatar.